¿Qué pasa si no declaro una enfermedad preexistente en el seguro de vida?

Qué pasa si no declaro una enfermedad preexistente en el seguro de vida
Contratar un seguro de vida con una enfermedad preexistente no siempre es posible. El futuro cliente está obligado a informar de ello a la compañía y será ésta la que tome la decisión sobre si es apto o no para la contratación de dicho servicio.

Las enfermedades preexistentes son aquéllas que una persona padece con anterioridad a la contratación de un seguro de vida o de salud.

La ley obliga al asegurado, conforme al cuestionario de salud que la compañía le someta, a declarar estas dolencias, discapacidades o patologías previas que se padecen o han padecido antes de contratar un seguro de este tipo. Si no lo haces, la empresa aseguradora tiene la potestad de anular tu póliza en el momento que se entere de la ocultación o, si hubiera tenido lugar ya un siniestro, podrá rechazar el abono de la prestación que correspondiera por tal circunstancia.

La compañía tiene derecho incluso a someterte a un examen médico antes de la firma del contrato si así lo cree conveniente.
Por lo general, las compañías aseguradoras formalizan pólizas si un futuro cliente padece una enfermedad preexistente o una patología previa a la contratación. De ahí que haya que rellenar un cuestionario previamente sobre tu estado de salud en el que tienes que especificar enfermedades actuales, lesiones u operaciones quirúrgicas sufridas.

Será a partir de esto y de una posible revisión médica cuando la entidad aseguradora valore cada solicitud y el perfil de riesgo de cada cliente y decida si es apto o no para contratar un seguro de vida.

Por tanto, debemos contestar de forma precisa y veraz sobre nuestro estado de salud en el cuestionario que la compañía nos plantea antes de la contratación del seguro de vida.

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