¿Qué tipo de aportaciones según la periodicidad se pueden realizar a los Planes de Pensiones?

¿Qué tipo de aportaciones según la periodicidad se pueden realizar a los Planes de Pensiones?

A la hora de incrementar la cuantía que formará parte de tu plan de pensiones, podrás optar libremente por el sistema que más se ajuste a tus intereses, capacidad y expectativas de ahorro, mediante aportaciones periódicas u ocasionales.

Así, si consideras preferible la realización de aportaciones a tu plan de pensiones de forma periódica, será preciso que nos notifiques la cuantía que deseas aportar, así como la cuenta desde la que deseas que se realice la transferencia de fondos y la periodicidad de dichas aportaciones, ya sea mensual, trimestral, semestral o anual.

Por el contrario, en el caso de que desees optar por la realización de aportaciones extraordinarias a tu plan de pensiones, se tratará en todo momento de aportaciones voluntarias, es decir, en las que tu decidirás el momento preciso en el que realizarlas, así como la cuantía de las mismas.

En este punto, te recomendamos que te informes con nosotros sobre la posible existencia de una aportación máxima a tu plan de pensiones, conforme a lo establecido en la legislación vigente aplicable en el ámbito de este instrumento de ahorro.

¿Te ha resultado útil este artículo?

 

PREGUNTAS RELACIONADAS

Ver más
cómo calcular pensión de jubilación

¿Cómo calcular la pensión por jubilación?

Si se aproxima el fin de tu vida laboral, lo más probable es que lleves ya un tiempo haciendo cuentas de cómo te va a quedar la pensión de jubilación. El problema es que, si no tiene claros los conceptos, la cosa se convierte en un auténtico galimatías. No te preocupes, te contamos cómo hacerlo, ¡e incluso cómo hacer el cálculo si la jubilación es anticipada!
¿Cómo se fija la cuantía de las aportaciones?

¿Cómo se fija la cuantía de las aportaciones?

Desde un punto de vista general, en relación a tu capacidad para realizar aportaciones a tu plan de pensiones, solamente deberás tener presente la existencia de una cuantía mínima anual de tus aportaciones a tu instrumento de ahorro a largo plazo en el caso de que así se refleje expresamente en el reglamento del plan de pensiones que has decidido contratar.