¿Puedo traspasar el importe entre diferentes tipologías de planes de pensiones?
Se puede movilizar la cuantía (total o parcial) que tengas en cualquier plan de pensiones individual a un plan de empleo, siempre que el Reglamento de éste lo permita.

Todas las aportaciones que realices a tu plan de pensiones deberán hacerse mediante domiciliación bancaria, para que puedas llevar así un mejor control de la cantidad aportada y no superar los límites legales establecidos en este sentido.
Por tanto, si deseas desarrollar un plan de aportación definido a tu plan de pensiones, ya sea de aportaciones a tu plan de pensiones individual o aportaciones al plan de pensiones de tu cónyuge, será preciso que se lo comuniques a tu entidad financiera, mediante la notificación correspondiente de domiciliación bancaria periódica a cada uno de ellos.
Del mismo modo, en el caso de las aportaciones voluntarias, estas también deberán ser satisfechas a través de tu entidad bancaria, aunque en este caso a procediendo a la realización de una orden de transferencia puntual, especificando la cantidad que deseas incorporar, de forma adicional, a tu plan de ahorro.
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Se puede movilizar la cuantía (total o parcial) que tengas en cualquier plan de pensiones individual a un plan de empleo, siempre que el Reglamento de éste lo permita.
Desde un punto de vista general, en relación a tu capacidad para realizar aportaciones a tu plan de pensiones, solamente deberás tener presente la existencia de una cuantía mínima anual de tus aportaciones a tu instrumento de ahorro a largo plazo en el caso de que así se refleje expresamente en el reglamento del plan de pensiones que has decidido contratar.