¿Me cubre el seguro los daños por erupción volcánica?

Me cubre el seguro los daños por erupción volcánica
Los seguros no cubren los riesgos extraordinarios, como pueden ser las erupciones volcánicas, pero sí son imprescindibles para poder acudir al Consorcio de Compensación de Seguros, que es quien se ocupa en este caso de los daños catastróficos causados por este tipo de situaciones.

No existen seguros de erupción volcánica. Los daños que se derivan de este tipo de fenómenos son considerados como daños catastróficos y están cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS), tanto si son directos como indirectos, es decir, tanto si son provocados por la lava como si los provocan las cenizas de un volcán en erupción.

Por lo general, los seguros no cubren erupciones volcánicas u otros fenómenos de este tipo. En tu póliza de Caser, quedan excluidos los siniestros ocurridos en caso de:

  • Incendios
  • Inundaciones
  • Terremotos
  • Erupciones volcánicas
  • Huracanes
  • Otros fenómenos sísmicos y meteorológicos similares

Las erupciones volcánicas son un fenómeno de la naturaleza muy poco frecuente en España, por eso no suele existir un seguro de volcanes en ninguna compañía, aunque sí tienen una cobertura.

Esa protección la cubre un único organismo en Europa: el Consorcio de Compensación de Seguros, que es un ente público que se encarga de los conocidos como riesgos extraordinarios.

¿QUIÉN CUBRE LAS LESIONES O FALLECIMIENTOS POR ERUPCIÓN VOLCÁNICA?

Como decimos, no encontrarás en tu póliza de Caser la cobertura de un riesgo catastrófico como es la erupción de un volcán, pero será precisamente tu seguro con Caser lo que te permita acudir al citado Consorcio de Compensación de Seguros.

Tu compañía aseguradora, con los fondos que tú aportas, canaliza esa cantidad hacia el CCS que te permitirá reclamar las pérdidas generadas por fenómenos naturales como una erupción volcánica.

El riesgo de este tipo de fenómenos en España es tan bajo que este organismo nunca había tenido que pagar siniestros relacionados con esta causa.

Será esta entidad la que cubra los daños materiales que se produzcan debido a una erupción volcánica, cubriendo todos aquellos bienes afectados que previamente estuvieran asegurados, en este caso con Caser. Sólo en tal caso se tendrá derecho a indemnización.

Asimismo, este organismo es el encargado de indemnizar en el caso de que se produzcan lesiones o fallecimientos de alguna persona como consecuencia de la erupción de un volcán.

¿DÓNDE DEBO SOLICITAR MI INDEMNIZACIÓN EN CASO DE DAÑOS CATASTRÓFICOS?

Las personas que se vean afectadas por daños derivados de una erupción volcánica tendrán que ponerse en contacto con el Consorcio de Compensación de Seguros.

Este trámite para solicitar una indemnización puede realizarse de manera directa a través de la página web del CCS o con tu compañía de seguros como mediadora.

En tal caso, en Caser estaremos de atender tu demanda y de proporcionarte toda la información y realizar las gestiones necesarias para poder reclamar la compensación de los daños sufridos.

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