Fallecimiento en el extranjero: ¿Cómo actuar?
Cuando se produce el fallecimiento en el extranjero de un ciudadano español, la familia ha de realizar una serie de trámites con la embajada o el consulado correspondiente para poder repatriar el cuerpo.

Contratar un seguro de decesos supone incrementar tu protección, y la de tus seres queridos, en el momento en el que, desgraciadamente, no puedas seguir a su lado.
Más allá del dolor irreparable que supone un fallecimiento, los trámites burocráticos y realización de los servicios funerarios implican un elevado coste para los familiares directos del difunto, con independencia de la opción elegida.
Por este motivo, a través de la formalización de un seguro de decesos podrás tener la tranquilidad de elegir personalmente el tipo de servicios funerarios que consideras más adecuados y, al mismo tiempo, asegurarte de que seremos nosotros los que nos hagamos cargo de todos los pasos a seguir en el momento en el que ocurra este triste desenlace, acompañando a tus seres queridos y aliviándolos de esta responsabilidad.
Además, tu póliza de seguro de decesos también incluye otras coberturas de enorme interés para enriquecer tu protección, como son la de Asistencia en viajes, Asistencia en traslados, Accidentes familiares, así como coberturas opcionales sumamente interesantes, relacionadas con Orientación legal, Asesoría jurídica telefónica o Gestión del proceso sucesorio.
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Cuando se produce el fallecimiento en el extranjero de un ciudadano español, la familia ha de realizar una serie de trámites con la embajada o el consulado correspondiente para poder repatriar el cuerpo.
La duración de tu seguro de decesos es anual, con el fin de que dispongas de una libertad total para decidir libremente si renovar tu póliza, modificar tus coberturas o trasladar tu protección a otro producto o compañía aseguradora.