¿Cuándo se puede realizar un cambio de tomador en una póliza de seguro de moto?

¿Cuándo se puede realizar un cambio de tomador en una póliza de seguro de moto?

En el caso de particulares, o personas físicas, la modificación del tomador de una póliza de seguro de moto solamente se podrá llevar a cabo en caso de fallecimiento.

Si el tomador del seguro es una persona jurídica, será posible hacerlo si esta ha cesado en su actividad y otra empresa desea asumir esta responsabilidad, o si es el propio conductor declarado el que tiene intención de mantener su protección actual.

Cuando el tomador del seguro es una persona física

Para dar respuesta a esta cuestión, es necesario tener en cuenta que este cambio solamente se podrá llevar a cabo en caso de fallecimiento del tomador del seguro de moto, con el fin de que una de las personas que se encuentra incluida previamente en la póliza pueda mantener así las bonificaciones obtenidas por antigüedad y no siniestralidad.

Cuando el tomador del seguro es una persona jurídica

Por su parte, si el tomador del seguro de moto es una persona jurídica, esta modificación se podrá realizar únicamente si la empresa titular ha cesado en su actividad y otra empresa que pretende hacerse cargo de esta protección, o si es el propio conductor declarado el que desea mantener esta póliza a título particular.

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