¿Puedo traspasar el importe entre diferentes tipologías de planes de pensiones?
Se puede movilizar la cuantía (total o parcial) que tengas en cualquier plan de pensiones individual a un plan de empleo, siempre que el Reglamento de éste lo permita.
Reciben el nombre de derechos consolidados de un plan de pensiones aquellas cantidades económicas que se generan a partir de las aportaciones del partícipe, o partícipes, del plan de pensiones y los rendimientos obtenidos por la inversión realizada por la entidad responsable de su gestión, durante la vigencia del mismo.
Por tanto, se puede establecer la cuantía económica de los derechos consolidados a un plan de pensiones mediante la suma de las diferentes aportaciones realizadas más la rentabilidad obtenida por estas.
Estos derechos consolidados pasarán a denominarse derechos económicos en el caso de acaecimiento de alguna de las contingencias cubiertas por el plan.
Sí, ya que como partícipe de un plan de pensiones tendrás la potestad legal de solicitar el traspaso de tus derechos consolidados a otro plan de pensiones, con independencia de que este sea gestionado o no por la misma entidad gestora.
En este sentido, es preciso aclarar que a pesar de que se produzca el traspaso de estos derechos consolidados a otro plan de pensiones, estos mantendrán la antigüedad generada desde el momento en el que se realizó la aportación, algo de especial relevancia en relación a su capacidad de liquidez una vez transcurridos 10 años desde la realización de la aportación.