¿Qué hacer si okupan tu vivienda?

16 noviembre 2023 Tu agente recomienda

¿Qué hacer si okupan tu vivienda?

Si te okupan una vivienda, la rapidez es clave para solucionar lo antes posible esta desagradable situación. Descubre las alternativas que te ofrece Caser Seguros.

Tras la pandemia de la COVID-19, en España, se ha disparado la compra de segundas residencias. Según datos de Fotocasa Research, en 2020 el 9% de la población española poseía una segunda residencia. Al siguiente esta cifra aumentó un 11% y, durante el 2022, siguió incrementándose hasta un 13%. Esta tendencia viene motivada por el auge del trabajo en remoto y los periodos de confinamiento que contribuyeron a consolidar la adquisición de este tipo de propiedades. 

Ahora bien, disponer de una segunda vivienda, en la que solo visitas en periodos de tiempo concreto, también implica ciertos riesgos. Una de las mayores preocupaciones de los propietarios en los últimos años es la ocupación ilegal cuando tanto la segunda vivienda como la vivienda habitual se encuentra vacía. Ante esta situación, ¿sabrías cómo actuar en esa situación? Descubre qué hacer si ocupan tu vivienda.  

¿Sabías que, según datos del Instituto Nacional de Estadística, en España durante 2022 se registraron casi 17.000 denuncias por ocupación ilegal? Es evidente que, al disponer de un segundo hogar, tienes probabilidades de sufrir una situación tan desagradable como esa, pero si conoces cómo actuar y tomas las medidas adecuadas, no tendrás que preocuparte demasiado por ello. 

Ante esto, una alternativa es alquilar tu segunda residencia mientras no te encuentres en ella, pero deberás tener cuidado, ya que a pesar de no haberse producido una ocupación ilegal, también te expones a impagos o daños materiales, entre otros. Por ello recomiendo contratar un seguro con cobertura de impago por alquiler, que te ofrezca servicios a medida para garantizar tu seguridad ante este tipo de imprevistos.

Si, por el contrario, se queda vacía y no tomas precauciones, puede ser ocupada ilegalmente, y debes saber que aquellas personas estarían cometiendo un delito, ya que se encuentra tipificado por la ley en el Código Penal y se considera allanamiento de morada (si afecta a tu vivienda habitual). Si la que se ve perjudicada es tu segunda residencia, entonces se suele acudir a la vía civil (desahucio por precario o delito de usurpación) y los trámites son algo diferentes, ya que lo que se protege es la propiedad y posesión del inmueble, no la morada de la persona. No obstante, el concepto de morada ha sido ampliado por el Tribunal Supremo, por lo que existen condicionantes en los que una segunda residencia sí se considera morada.

Los pasos definitivos para saber qué hacer si ocupan tu vivienda

Si en algún momento tuvieras que hacer frente a una situación de esta gravedad, es fundamental actuar con rapidez y saber qué hacer si ocupan tu vivienda, recuerda que el tiempo, en estos casos, juega en tu contra, y las primeras horas son cruciales para acelerar todo el proceso.

  • Si han pasado menos de 48h desde la okupación lo primero que debes hacer es avisar a la policía y acudir a comisaría e interponer una denuncia, para que puedan intervenir con la mayor rapidez sin necesidad de una orden judicial. Si se considera un delito flagrante y les pillan en el acto, la policía puede desalojar de inmediato. No obstante, mejor si aportas testigos, además de las escrituras de la vivienda o cualquier documento que certifique que se trata de tu casa, incluyendo imágenes de la alarma.
  • Una vez ha pasado el tiempo de 48h habría que contar con un abogado y denunciar en la comisaría o el Juzgado de Guardia para poder iniciar un procedimiento judicial, ya sea por vía penal (más recomendable si es la residencia habitual la ocupada) o por la civil (mejor para el resto de supuestos, aunque suele ser más lenta).
  • Otra opción es recurrir a lo que se conoce como “desahucio exprés”, cuyo ámbito de actuación permite intervenir contra los okupas. Tendrás que demandar aportando el título de la propiedad y, si los ocupantes no hacen nada tras su notificación, como aportar las escrituras, el juez ordena un desalojo de forma inmediata. No obstante, a pesar de dictar una fecha de lanzamiento, el trámite puede alargarse más de lo previsto.
     

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