El primer punto a tener en cuenta es el Continente. Este hace referencia al inmueble en sí, a todo lo que tiene que ver con la estructura del edificio y los materiales que lo construyen, como paredes, tejados, suelo… Además de las instalaciones que responden a los diferentes suministros, como las tuberías del gas, electricidad…
En segundo lugar tenemos el Contenido, que es todo lo que se encuentra dentro de la vivienda, desde muebles, objetos personales, aparatos electrónicos…
Y por último, hay que tener en cuenta la Responsabilidad Civil, cobertura que cubre las reparaciones o indemnizaciones producidas en la casa y que afecten a un tercero.
Te contamos la diferencia entre continente y contenido al detalle. ¡Haz clic sobre la imagen para ampliar la infografía!
¿A quién corresponde cada uno de los términos?
Corresponde al propietario todo lo relativo al continente y en consecuencia, debe asegurar la vivienda. Si los materiales o estructura de la casa se vieran afectados sin ser causa del inquilino, será el seguro de hogar del propietario quien deba responder.
Por otro lado, es competencia del inquilino contar con un seguro que proteja todo el contenido que se encuentre en el inmueble y sea suyo, como libros, ordenadores, televisión, móviles, ropa, joyas… Y sobre todo, que le cubra dicho contenido en situaciones como el robo, donde el seguro del casero no tiene porqué responder.
Y, ¿de quién es la Responsabilidad Civil en una vivienda alquilada? Dependerá de la situación y sobre todo, de la culpabilidad. Si el siniestro lo origina el inquilino, como un grifo mal cerrado, o un horno sin apagar que termine en incendio, deberá ser su seguro el que entre en juego. Por el contrario, si la vivienda cuenta con una gran gotera o por ejemplo, humedades que afectan al vecino y no son derivadas de una mala acción o uso del inquilino, será el seguro del propietario el que deba reparar el daño, dado que la casa es suya.
Así pues, y conocidas las fronteras de la responsabilidad, cuando toque contratar un seguro de hogar para una vivienda de alquiler, lo más recomendable es que tanto propietario, como inquilino, cuenten con su propio seguro, de forma que ambas partes estén protegidas.