Seguros de Accidentes Individuales Previcaser XXI
Un mal día lo tenemos todos
Amplias coberturas
Para que estés protegido frente a todo tipo de situaciones
Imprescindibles
3 coberturas que son indispensables para tu protección
Personalízalo
El Seguros de Accidentes Individuales Previcaser XXI
Así que en Caser hemos diseñado Previcaser XXI, un seguro de accidentes individual que garantiza tu atención pero, sobre todo, les garantiza a los tuyos la seguridad que necesitan.
Consulta todas las coberturas del Seguro de Accidente Individual
Coberturas Básicas
Pagamos la suma asegurada si se produce muerte instantánea o en el plazo de un año tras el accidente.
Doble capital para tus hijos menores de 18 años, si a causa del mismo accidente fallecéis tú y tu cónyuge. El asegurado eres tú, y la finalidad del seguro son, sobre todo, tus hijos. Pero, si en el mismo accidente fallece tu pareja, ellos se quedan solos. Por tanto nosotros pagaremos dos veces el capital que tienes garantizado con nosotros, una vez por ti, y la otra por tu cónyuge.
Infarto de miocardio.Indemnizamos el 20% de la suma asegurada si la causa de la muerte es un infarto de miocardio.
10% por adelantado.Adelantamos el 10% del capital asegurado si lo pide el beneficiario (receptor de la indemnización), para gastos en pompas fúnebres o incineración. Y no tienen que justificarnos nada.
Tras un accidente puedes sufrir pérdidas irreversibles, tanto anatómicas, esto es, la vista, una mano, movilidad; como funcionales, un golpe en la cabeza que afecte a tu capacidad cognitiva. De un día para otro, trastocan tu vida, impidiéndote llevar a cabo tu trabajo.
Sabemos que esas situaciones pueden resultar frustrantes, por eso nosotros nos encargaremos de ser un buen respaldo para ti y para tu familia.
Calcularemos la prestación en función del baremo (dependiendo de qué parte anatómica o funcional sea, el porcentaje varía). De la suma que tengas asegurada con nosotros, imagina que 10.000€, se te asignará el porcentaje que te corresponda de ese baremo.
En caso de que hubieses sufrido varias pérdidas, sumaremos los porcentajes sin superar el 100%. Por ejemplo, un 20% por la pérdida de una mano y un 35% por pérdida de la visión. Te abonaremos, entonces, el 55% de la cantidad que tengas asegurada con nosotros.
Se restará el importe satisfecho por las prestaciones de invalidez de la prestación por fallecimiento, si tras un periodo de invalidez permanente, a causa de un accidente, lamentablemente fallecieses.
Coberturas Opcionales
Si no puedes ejercer tu profesión temporalmente por un accidente que está incluido en tu contrato con Caser, nosotros te pagamos una indemnización diaria.
Existen dos opciones de contratación:
Sólo por accidente
Por accidente y/o enfermedad
Abonamos una indemnización diaria cuando necesites hospitalización durante un tiempo determinado por causa de un accidente o una enfermedad contemplada en las condiciones.
La indemnización cesa cuando:
Sales del hospital.
Pasan 120 días desde tu ingreso.
Pagamos la cantidad asegurada, cuando la causa del fallecimiento haya sido por una agresión, atraco o secuestro judicialmente declarados.
En caso de accidentes de tráfico, pagamos un capital adicional (doble capital) a la cantidad de dinero contratada para el fallecimiento por la cobertura básica.
Abonamos una prestación adicional (doble capital) de la cantidad de dinero a la de las condiciones básicas, si por un accidente de circulación se produce invalidez permanente.
Pagaremos una renta mensual por fallecimiento a causa de un accidente especificado en las condiciones básicas. Siempre que haya sido acordada en las condiciones particulares. La duración de esta renta está establecida en las condiciones particulares.
Se garantiza una renta mensual de duración establecida en las Condiciones Particulares, siempre y cuando, como consecuencia de un accidente, se haya indemnizado el 100% de la garantía básica de Invalidez Permanente.
Ámbito territorial: Mundial. En España será efectiva fuera de un radio de 25 kms del domicilio (12 Km en las Islas Canarias y Baleares)
Prestaciones de asistencia sanitaria, se incluye entre otras: información médica, consejo médico, envío de medicamentos, traslado sanitario, prestaciones sanitarias y odontológicas de urgencias, billete de ida y vuelta para un familiar.
Traslados por causa de fallecimiento, acompañamiento por traslado, regreso del Asegurado por fallecimiento u hospitalización de un familiar.
Ayuda para situaciones contenciosas, anticipo de fianzas, traslado del asegurado por ocurrencia de siniestro en el domicilio.
Búsqueda y transporte de equipajes y efectos personales, envío de objetos olvidados y/o robados en el viaje, robo y daños al equipaje.
Adelanto de fondos, obtención de salvoconductos, transmisión de mensajes urgentes.
Reembolso de gastos de anulación de viaje antes de la salida, y reembolso de los gastos de estudios en el extranjero.
Es preceptivo llamar a los teléfonos 902 100 394, o al +34 91 594 97 00 si se llama desde el extranjero. No hacer uso de estos teléfonos, no da derecho al abono de cantidad alguna.
La asistencia sanitaria solo se considera cobertura básica si se contrata Incapacidad Temporal u Hospitalización. Si no, no es necesario su contratación.
Garantizamos gastos médicos, farmacéuticos o de rehabilitación que puedas necesitar tras un accidente, durante al menos un año desde la fecha del mismo.
Tratamiento en el extranjero y trasplante de órganos. La asistencia sanitaria en el extranjero también está garantizada, con los límites establecidos en Condiciones Particulares.