Glosario

Glosario de seguros

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Datos de carácter personal

Cualquier información concerniente a personas físicas identificadas o identificables.

Daño

Pérdida personal o material producida a consecuencia directa de un siniestro.

Daño indemnizable

El que, por estar cubierto por una póliza, es susceptible de indemnización.

Declaración de salud

Formulario por medio del cual el Asegurador obtiene del Tomador la información necesaria sobre las características del riesgo a garantizar, con el fin de decidir acerca de la aceptación y, en este caso, aplicar la tasa de prima correspondiente.

Deducible

Cantidad o porcentaje establecido en una póliza cuyo importe ha de superarse para que se pague una reclamación, sinónimo de franquicia.

Desestimiento (derecho de)

Acción de que dispone el tomador del seguro en determinados tipos de contratos y bajo determinadas circunstancias, de dejar sin
efecto el contrato que, en los seguros de daños es de 14 días y 30 para seguros de vida desde su conclusión. El asegurador tiene derecho a percibir la parte de prima por el servicio prestado.

Dictamen pericial

Opinión o juicio que emite un perito tasador en relación con los daños sufridos como consecuencia de un siniestro, sus causas y consecuencias.

Dirección general de seguros

Es el órgano de control de la actividad aseguradora, encuadrado en el Ministerio de economía y Hacienda. Ejerce materialmente el control sobre las autorizaciones para ejercer la actividad de seguros, de las cesiones de cartera, la supervisión de documentos, control sobre los agentes y corredores, etc.

Disminución del riesgo

Situación que se produce cuando, por causas ajenas al asegurado, el riesgo cubierto por la póliza adquiere menos peligrosidad que la inicialmente prevista. La disminución puede llevar aparejada el ajuste correspondiente de primas.

Distribución de riesgos

Reparto o dispersión de riesgos que la actividad aseguradora precisa para obtener una compensación en sus estadísticas, igualando los riesgos que componen su cartera de bienes asegurados. Esta distribución puede hacerse a través del coaseguro o del reaseguro.